Estimado/a Vecino/a:
Ante todo, y en primer lugar, quiero enviarte mis mejores deseos para el nuevo año.
Como ya sabrás, el pasado 21 de diciembre la Comunidad de Madrid (CAM) publicó en su web de Transparencia las modificaciones previstas al Decreto que regula las Viviendas de Uso Turístico y que la CAM pretende aprobar próximamente.
La nueva normativa prevista supone importantes mejoras (sobre todo, en forma de buenos deseos…), pero todavía deja sin resolver lo más importante para los vecinos, esto es, que la Junta de Propietarios pueda decidir por mayoría si autoriza o no un “piso turístico” en su edificio de viviendas de uso residencial o permanente.
Por tanto, es importante insistir en esa cuestión, haciendo un comentario, sugerencia o alegación, lo cual puede hacerse por cualquier persona hasta el próximo 12 de enero, ya sea mediante formulario telemático o por cualquier otro medio legal, tal como se indica en la web de Transparencia de la CAM.
Si la nueva normativa fuese aprobada sin recoger ese derecho (que la Junta de Propietarios pueda decidir por mayoría), los vecinos seríamos los perjudicados; y entonces, ya sin remedio. Por eso, y como un vecino más, hago un llamamiento a todos los vecinos de la Comunidad de Madrid para que no dejemos pasar esta oportunidad y no tengamos que sufrir después las consecuencias en el futuro.
La nueva normativa prevé que una Comunidad de Vecinos pueda prohibir los pisos turísticos en su edificio siempre que así lo establezcan expresamente los Estatutos de la Comunidad (para lo cual se requiere la unanimidad de todos los propietarios, requisito éste imposible de cumplir en muchos casos).
En lugar de ello, la nueva normativa podría establecer que una Comunidad pueda autorizar el alquiler turístico siempre que así lo dispongan expresamente sus Estatutos. Pero ya que la redacción de la normativa prevista no va en esa dirección (autorizar, en lugar de prohibir, conforme a lo establecido en los Estatutos), al menos podría estipular que los vecinos podamos decidir esa cuestión por mayoría en Junta de Propietarios (en lugar de la unanimidad requerida para aprobar o modificar los Estatutos), de la misma manera que tampoco se exige la unanimidad de todos los Diputados para aprobar o modificar la Constitución Española.
Estimada/o Vecina/o: Dejo en tus manos el envío de esta sugerencia a otras personas con la finalidad de que puedan presentar alegaciones o hacer comentarios, en su caso, a la normativa prevista sobre pisos turísticos en la Comunidad de Madrid.
Agradeciendo la atención prestada, recibe un cordial saludo,